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Separan a funcionario de la UGEL Cusco por tocamientos indebidos a menor de edad
#cusco#aprimerahora.com.- La comisión de procesos administrativos y disciplinarios para trabajadores administrativos de la dirección de la UGEL Cusco, adoptó la medida de separación preventiva del planificador de la UGEL Cusco, Rudecindo Berrocal Ovalle, acusado por presuntos tocamientos indebidos a una estudiante de 16 años que realizaba prácticas en dicha instancia.
Además, se le instauró proceso administrativo disciplinario en el ejercicio de sus funciones por haber incurrido en faltas tipificadas en la Ley del Servicio Civil, según la resolución directoral N° 3675-2025 se instaura el proceso administrativo al referido servidor público.
Al respecto, Fredy Quiñonez Cárdenas, director de la UGEL Cusco, fue quien ordeno a que la comisión de procesos administrativos y disciplinarios, intervengan de oficio e inicien con la investigación ante la queja que interpuso la menor de las C.F.F.G. estudiante de la Institución Educativa Comercio 41 de la ciudad del Cusco, quien presento la queja en contra del planificador contratado Rudecindo Berrocal Ovalle quien le habría saludado con abrazos y besos cerca a la boca, cerca a los servicios higiénicos de la UGEL Cusco, en horas de práctica de la menor. En una segunda oportunidad se había dado también en el patio de la UGEL, cuando la menor se dirigía a registrar su salida para el almuerzo, donde el investigado le habría solicitado el número de su teléfono celular de la menor, el cual se sienta incomoda y tenga miedo, por lo que no habría concluidos sus prácticas en la UGEL Cusco.
Estos hechos de connotación sexual de tocamientos indebidos y acoso, ocurridos al interior de la sede de la UGEL Cusco, deben ser severamente sancionados, más aún sí se trata de estudiantes de educación secundaria, que solo por cumplir prácticas, terminan siendo víctimas de sujetos que atentan contra su honor e integridad física, se espera que la familia de la menor, alcance justicia y que el secretario técnico y la comisión de procesos administrativos, impongan sanción ejemplar a dicho servidor público y no prevalezca el mal llamado espíritu de cuerpo.
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