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Sentencian a 10 años de prisión a exalcalde de Vilcabamba por lavado de activos
#aprimerahoracusco.com.- El Poder Judicial del Cusco condenó a 10 años de prisión efectiva al exalcalde de la Municipalidad Distrital de Vilcabamba, Juan Eudes Olivera Ricalde, y a su exjefe de Personal, Arturo Martín Silva Vera, al encontrarlos responsables del delito de lavado de activos, en la modalidad de actos de conversión.
La sentencia también comprende a Liliana Pérez Durand, Luis Oscar Cjuiro Quispe y Basilia Bolaños Pérez, quienes recibieron 8 años de prisión efectiva por su participación en el esquema ilícito. Asimismo, el colegiado dispuso el pago solidario de 500 mil soles por concepto de reparación civil a favor del Estado.
De acuerdo con la investigación que realizo la Fiscalía Transitoria de Lavado de Activos de Cusco,con la fiscal provincial Gloria Diana Escalante Aedo, el dinero utilizado para la adquisición de bienes muebles e inmuebles provenía de actos de corrupción vinculados a contrataciones irregulares ejecutadas durante la gestión municipal de Olivera Ricalde, entre los años 2011 y 2014.
La Fiscalía acreditó que los recursos obtenidos ilícitamente permitieron a los sentenciados incrementar su patrimonio sin justificación legal. Para ocultar el origen del dinero, los involucrados habrían recurrido a familiares y personas de su entorno, quienes actuaron como testaferros en la adquisición de diversos bienes.
Uno de los elementos determinantes del proceso fue la pericia contable oficial, que evidenció un importante desbalance patrimonial y confirmó que las compras investigadas carecían de sustento financiero lícito, fortaleciendo así la acusación fiscal.
Cabe señalar que Juan Eudes Olivera Ricalde y Arturo Martín Silva Vera ya cumplen condenas por delitos de corrupción de funcionarios. En consecuencia, la nueva pena por lavado de activos será ejecutada de manera consecutiva a las sentencias que actualmente purgan.
Respecto a Liliana Pérez Durand, Luis Oscar Cjuiro Quispe y Basilia Bolaños Pérez, el Poder Judicial dispuso que la ejecución de la pena quede suspendida provisionalmente hasta que la sentencia sea declarada consentida o ejecutoriada por las instancias superiores.
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